Protocolo de desconexión digital
SERTESUR, S.L., con domicilio en PEI-003 Guadarranque, Parcela 1.18 – 11369 San Roque (Cádiz) y CIF B72363831, reconoce a todas las personas trabajadoras que forman parte de esta organización, independientemente de su contrato, puesto o modalidad (presencial, a distancia, teletrabajo), los derechos digitales recogidos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia.
La desconexión digital es un derecho, no una obligación. Las personas trabajadoras son libres de realizar comunicaciones fuera del horario laboral establecido; sin embargo, es nuestra prioridad fomentar una cultura de desconexión digital encaminada a mitigar los efectos negativos de la hiperconectividad (estar siempre conectados puede derivar en problemas de salud: estrés, fatiga, dependencia…), a conseguir una mejor conciliación entre la vida personal y profesional, a crear hábitos saludables y a facilitar el ejercicio de los derechos de nuestro personal.
Pautas de actuación
El presente Protocolo de Desconexión Digital, consensuado con los trabajadores, se articula a través de las siguientes pautas de actuación:
- Con el fin de garantizar el descanso de todo el personal, no se realizarán llamadas ni se enviarán correos o mensajes instantáneos fuera de la jornada laboral ordinaria, salvo casos de fuerza mayor o circunstancias excepcionales debidamente justificadas.
- Si alguna persona quiere enviar un correo fuera del horario de trabajo, es preferible que configure el envío de correo diferido.
- Las personas trabajadoras de esta organización tienen derecho a no responder a ninguna comunicación una vez finalizada su jornada laboral ordinaria, independientemente del medio utilizado: correo, mensaje, llamada telefónica, etc.
- Para garantizar que las personas que disponen de dispositivos electrónicos para trabajar (ordenadores, tabletas, teléfonos móviles, etc.) puedan gestionar mejor las cargas de trabajo, se respetarán los descansos entre jornadas de trabajo, el descanso semanal, festivos, vacaciones y cualquier ausencia justificada.
- Durante los descansos superiores a un día, se configurarán los correos con mensajes automáticos de respuesta informando al remitente sobre la persona trabajadora a la que se puede dirigir durante su ausencia.
- Las reuniones, tanto presenciales como telemáticas, serán convocadas dentro de la jornada laboral ordinaria. Si por razones justificadas e ineludibles debieran desarrollarse fuera de la jornada laboral ordinaria, serán consideradas excepcionales y, siempre que sea posible, serán convocadas con al menos 24 horas de antelación, indicando hora de inicio y hora máxima de finalización. En este supuesto se procurará que las reuniones sean telemáticas, con el fin de evitar desplazamientos y optimizar el tiempo.
- Se realizarán campañas de sensibilización dirigidas a minimizar los aspectos negativos vinculados al mal uso o al uso excesivo de los dispositivos digitales, y acciones de formación que fomenten el buen uso de las herramientas tecnológicas y de las herramientas de planificación como medidas eficientes para mejorar la gestión racional del tiempo de trabajo.